Lamentablemente, en Venezuela nuestras ciudades no se encuentran en armonía con la inclusión, para que personas con discapacidad, transiten libremente sin encontrar en su andar, barreras que puedan hacer del camino, una verdadera odisea, en la que se tengan que superar limitaciones a nivel de transporte público.
Partiendo del hecho que la deficiencia en el transporte público realmente es grave y, que, se debe trabajar en pro de optimizar las unidades que prestan el servicio, no sólo para personas con discapacidad, sino para todos los integrantes de nuestra sociedad.
Es obvio que tenemos a la vista un problema que afecta a la gran mayoría de personas con y sin discapacidad, en el cual sin duda alguna el Estado debe abocarse a resolver, buscando el bien común y creando armonía social.
Para ello existen normativas que con gusto voy a compartir con ustedes, las cuales rige el Manual de Accesibilidad para Personas con Discapacidad, en su Capítulo V, punto 9 que dice:
9. Transporte Público
Las empresas públicas, privadas y los particulares que presten servicios de transporte colectivo de pasajeros y pasajeras, deben destinar en cada una de sus unidades, por lo menos un puesto, adaptado para personas con discapacidad, con seguridad de sujeción inmovilizadora, identificados con el símbolo internacional de discapacidad.
Igualmente las unidades de transporte público deben poseer estribos, escalones y agarraderos, así como rampas y sistemas de elevación. Otros de los aspectos que contempla la Ley para Personas con Discapacidad de la República Bolivariana de Venezuela son: descuentos en pasajes aéreos, gratuidad de transporte urbano, accesibilidad en terminales terrestres, puertos y aeropuertos.
Artículo 37, 38, 39, 41. Ley para Personas con Discapacidad.
9.1 Autobuses Accesibles autobuses accesibles
Las paradas de los autobuses deben tener señalizaciones adecuadas, indicando a los usuarios con diversas disCapacidades la parada. Los medios de transporte terrestres deben tener rampas antideslizantes y las puertas deben tener un ancho mínimo de 90 cm.
Las rampas deben estar a ras de piso, para facilitar el ingreso de las personas con discapacidad, a los autobuses con mayor facilidad. En el interior de los autobuses, deben permitir el paso cómodo de personas con disCapacidad motora a través de corredores amplios con un ancho mínimo de 90 cm.
9.2 Metro Accesible metro accesible
El Metro de Caracas ingresa diariamente una gran cantidad de usuarios y usuarias entre ellos personas con disCapacidad. Para el acceso fácil a ese medio de transporte masivo, el Metro cuenta con entrada directa a los vagones a ras de piso, para facilitar a la persona con disCapacidad motora y visual la entrada al vagón.
También las paradas del Metro deben estar debidamente señalizadas, según Normas COVENIN.
En las más recientes líneas aperturadas por el Metro de Caracas se encuentran estratégicos los ascensores debidamente señalizados, con puertas corredizas y barandas para que las personas con disCapacidad motora, visual y adultos mayores puedan ir seguros de los niveles altos a los vagones de los trenes.
En el interior de los vagones del Metro existe un área suficientemente amplia para que las personas con disCapacidad motora puedan tener un espacio adecuado mientras son transportados a su destino. Los rieles con texturas (guías) dispuestas a lo largo de la parte interna de los accesos a la unidad del metro, son la herramienta más idónea para guiar a las personas con disCapacidad visual.
Este trio de puntos a simple vista parece ser interesante y, cómo no, sí que forma parte del proceso de transformación que tanto deseamos y soñamos, ciudades accesibles.
Lo que hay que tomar en cuenta es que el transporte público no se reduce al Metro-Bus, ni al Metro de Caracas, estos sólo cubren una parte de la ciudad, dejando desamparada y sin servicio a las otras, donde también transitamos o deseamos hacerlo con libertad las personas con discapacidad.
¡Aboquémonos a la lucha de tener ciudades y un país accesible para todos!
¡Gracias por leerme y compartir!
Saludos,
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